martes, 26 de febrero de 2013

El impuesto por enfermedad.


"Soy profesor de Matemáticas en el IES Parque Goya de Zaragoza. Llevo 25 años dando clase como funcionario de carrera. He estado recibiendo directamente las toses de mis alumnos durante el pasado mes (esto va incluido en el sueldo).

Al final me ha tocado. Me he contagiado. Llevo una semana dando clase con fiebre de 38,5ºC. Desgraciadamente he podido transmitir mi gripe al menos a 15 ó 20 personas, entre estudiantes y profesores. Los dos últimos días he dado clase con mascarilla. Así seguiré la próxima semana.

Se me ocurrió quizás demasiado tarde. Por las mañanas al instituto, por las tardes a la cama, a ver si me baja la fiebre. Quiero desde aquí dar las gracias más sinceras a las personas responsables de la ley que nos castiga a los funcionarios 'pícaros' (que supone que somos todos), pagándonos la mitad por ponernos enfermos. Es una lástima que estos días mis hijos no coman la mitad".

El maestro se ve obligado a acudir a clase y a trabajar con fiebre, y por las tardes debe guardar reposo para curarse, algo que no consigue. De la Cueva debe hacerlo si quiere cobrar a final de mes lo mismo que cobra todos los meses.
Tan surrealista e indigna situación tiene su origen en una polémica disposición adicional del decreto ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobado el 13 de julio del año pasado y que entró en vigor tres meses después. En el primer párrafo de dicha disposición adicional –la décimoctava- se explica que los trabajadores públicos que estén de baja sólo cobrarán la mitad de sueldo los tres primeros días de convalecencia. A partir del cuarto día hasta el vigésimo, perderán el 75% de sueldo. Antes de la entrada en vigor de esta norma, los funcionarios que enfermaran recibían el mismo sueldo los 90 primeros días de baja.

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