domingo, 27 de diciembre de 2020

Las nuevas viejas ideas de Diego Medrano y Treviño

He leído algunos artículos del último número de los Cuadernos de Estudios Manchegos; no voy a hablar del mío, tan lleno de erratas y otras tachas, pero sí del de José María Barreda sobre el gran político ciudadrealeño (o ciudarrealeño) Diego Medrano y Treviño (1784-1853), porque creo poder completarlo en muchas cosas que me fueron apareciendo tangencialmente cuando investigaba a otro autor, hace ya bastantes años. 

Parte de ello ya lo había anticipado en mi Historia de la literatura manchega del siglo XIX. Me di cuenta de que Diego Medrano había escrito como colaborador un importante ensayo sobre política ("Del progreso", 1842) en la Revista de Madrid, en plena regencia del también manchego y "progresista" general Baldomero Espartero, que había sido ignorado en todas las bibliografías, y ahora mismo que he mirado más, con motivo de escribir este artículo, descubrí otros dos textos: un discurso de presentación cuando le dieron el cargo de jefe político de Castellón y otro artículo sobre derecho constitucional aparecido también en la Revista de Madrid. Para aliviarles la fatigosa búsqueda les tengo transcritos los dos artículos de la Revista de Madrid aquí, en mi blog, modernizando la ortografía y la prosodia, traduciendo algunas citas en italiano y aportando unas pocas notas, pues no tengo tiempo para trabajar más en estos textos. Sin duda Medrano fue algo más que un político "aprovechado", como era lo común en su época; era conservador, pero un conservador inteligente, que había asimilado sus lecturas (Condorcet, Bentham, Burke, Thiers) sintetizándolas en un grado tal que supo darse cuenta de que las necesidades más perentorias del país pasaban por un pragmatismo esencial, una visión moderada que reflejara la disposición de usar solo de lo que se tiene, pero con voluntad firme y sin pausa, de la que derivó la creación de un capital rural con una ley para generar las cajas de ahorro que actualmente se han destruido o sustituido por bancos, estos últimos sin interés social. Fue un político que hizo algo bueno. El regeneracionista miguelturreño Francisco Rivas Moreno, apóstol del cooperativismo, se hará eco de esta idea, que vio dar más fruto en otras regiones que en la suya. Leyendo a Medrano se da uno cuenta del sentido profundo que tiene la frase, en apariencia superficial, de "lo mejor es enemigo de lo bueno"; él prefiere lo bueno a lo mejor, que él identifica con los fanatismos y los sueños de utopía.

Una Constitución política sin leyes orgánicas que de ella emanen y la desenvuelvan es solamente una colección de preceptos aislados que de nada o casi de nada sirven, y aun no sin fundamento se puede todavía ir más lejos, porque si en la Constitución se fija una organización nueva de los poderes públicos y estos, sin embargo, en su ejercicio se han de sujetar en gran parte a reglas dictadas para otro sistema distinto o diametralmente opuesto, con precisión ha de resultar un desconcierto que constituya por lo menos un estado anómalo, que no es de libertad, ni de absolutismo, sino de una tercera especie incalificable como no se le titule de anarquía.

Aparecen en su ensayo "Del progreso" claramente esbozados los males que atacaban a España entonces; lo malo es que parece que ahora siguen siendo los mismos:

Los códigos que han de regir en toda la Monarquía, están en pensamiento y nada más o, por mejor decir, ni se piensa siquiera en su formación. A los gastos del Estado se debe contribuir en proporción de los haberes de cada uno, y faltan todos los elementos para lograrlo; y con el más impudente descaro son aliviados unos, sobrecargados otros, sin más regla que la opinión política de repartidores y contribuyentes. Los hechos más palpables y escandalosos demuestran la suerte que ha cabido y cabe a la seguridad individual, con tanta frecuencia menospreciada: no se respeta la propiedad, que sufre repetidos ataques impune o ligeramente castigados. Nada hay prevenido respecto a la forma y modo de hacer efectiva la responsabilidad de los Ministros, punto ciertamente difícil, quizá imposible; pero que al fin se debe procurar en cuanto sea dable aproximarse a la resolución del problema. Sobre la inviolabilidad del Trono y la de los Senadores y Diputados, sucesos recientes manifiestan con harta claridad el respeto que han merecido y pueden merecer en adelante. La inamovilidad de los jueces se ha establecido a voluntad de un Gobierno parcial y en beneficio de una miserable pandilla, que por asalto ocupó los puestos de la magistratura. La administración provincial y municipal se dirige por una ley monstruo que todos desaprueban, aunque muchos la han utilizado para escalar el poder, introducir el desorden más espantoso y desquiciar todas las reglas de buen Gobierno. [...] El establecimiento de las leyes indicadas debió ser instantáneo, porque sin ellas no puede decirse en realidad que el Gobierno representativo rige en España sino a medias, que es peor que si no rigiese, por la proximidad de la idea de no regir ninguno.

Si pues todo esto es cierto porque se apoya en hechos patentes, innegables ¿qué nos queda de la Constitución política de la Monarquía? ¿Qué del gobierno representativo? En suma, nada más que dos reuniones de hombres que se agrupan con intervalos en un verdadero campo de Agramante, para pasar el tiempo con sus eternos discursos y sus interpelaciones para satisfacer su ambición o particulares miras con sus coaliciones y rencillas, para entorpecer con sus enmiendas y con sus cuestiones previas o incidentales [...] No somos de los que nos horripilamos al oír el nombre de república: estamos persuadidos de que esta es una clase de gobierno como todas las demás, que según cada una de las otras tiene sus ventajas y sus contras, porque ventajas tiene también el absolutismo; pero creemos de buena fe y con la más profunda convicción que el Gobierno republicano ni es ni puede ser aplicable a la nación española, porque en ella no se reúnen, ni es posible reunir, las circunstancias o condiciones que hacen conveniente este sistema político; sin embargo, dígase también, en conciencia y con la mano puesta sobre el corazón, si el sistema vigente, supuesto el caso de que pueda llamarse sistema, con su Constitución no desenvuelta, con el desconcierto de todos los ramos de administración, con la preponderancia y casi independencia de las corporaciones provinciales y municipales, dígase, repetimos, si no es una verdadera república, o mejor, dígase si no es peor mil veces que una república, porque no es otra cosa que un completo estado de anarquía. 


La cita es larga, pero el pragmatismo de Diego Medrano, autor de un importante informe para la Sociedad Económica de Amigos del País de Ciudad Real, no se detiene, como hoy se suele hacer, y llega a conclusiones sobre qué debe hacerse:

Para hallar la verdad no hay más que un camino, y este no es, por cierto, el de las ilusiones: antes de corregir los defectos de una cosa cualquiera, bien sea en sí misma o en los accidentes que la acompañan, es indispensable conocerlos y aun decirlos. 

La condición más esencial de los gobiernos representativos, es la división de los tres poderes fuertes, independientes, únicos, con la marcha desembarazada y libre en el ejercicio de sus respectivas atribuciones: si más o menos abiertamente se pretende introducir otro, es preciso anonadarlo; si se observa que uno de los legítimos tiene su acción entorpecida porque los medios adoptados para desenvolverla le han quitado la fuerza que le corresponde, es necesario dársela instantáneamente, removiendo los obstáculos que perjudiquen su movimiento

La política tiene sus ritmos, pero el progreso no se debe dejar embotar:

La lentitud en su marcha es el carácter distintivo de los cuerpos numerosos: ella está considerada como la prenda más segura del acierto en las deliberaciones que de necesidad exigen la discusión detenida y el peso respectivo de las razones que se alegan en pro y en contra de los puntos que se ventilan; pero la lentitud tiene sus límites, que le ha de fijar una prudencia reflexiva para evitar el gravísimo inconveniente de entorpecer las resoluciones y concluir por no hacer nada; de esta regla exactísima se sigue otra, no menos cierta, cual es la de que, por la misma naturaleza de las cosas, dicta la razón que en los cuerpos numerosos se adopte y observe con rigor todo lo que contribuya a la brevedad sin perjuicio del acierto, pues precisamente lo contrario es lo que se hace en términos de que parece haber un tenaz empeño en dilatar las  discusiones, entorpecer los acuerdos y no acabar nunca; de modo que las leyes requeridas por las necesidades públicas, o no se dan, o cuando llegan a su fin son inoportunas o insuficientes por lo menos para reparar los inmensos males que su falta ocasionó; por esto una persona entendida dijo, no ha mucho tiempo, y no sin bastante fundamento, que los cuerpos legisladores podían ser buenos para muchas cosas; pero que no servían para hacer leyes. 



En los dos artículos, sin mencionarlo específicamente, polemiza con el diario que lideraba el progresismo, El Eco del Comercio, cuyo Suplemento satírico de ocho páginas redactó su paisano Félix Mejía desde el dieciséis de mayo de 1844 al cuatro de mayo de 1845. El primer artículo, Del progreso, se escribió contra el Partido Progresista en 1842 durante la regencia del también manchego general Espartero (del que se ha publicado ha poco una solvente biografía): 

¡Oh, y qué bien en un periódico asalariado o en un café de la Corte se llena la boca con expresiones retumbantes de que se progresa! ¿Por qué no van esos apóstoles de felicidad y ventura a recorrer los pueblos y ver sus necesidades y su postración, víctimas de continuas exacciones y en el mayor desconsuelo? ¿Por qué no van a verlos manejados por unos cuantos individuos regularmente de la hez, del cieno de que no debían haber salido nunca, erigidos en mandarines, déspotas que a mansalva vejan, oprimen, tiranizan y arruinan? Pero no se necesita recorrer todos los pueblos; con el ligero trabajo de examinar lo que sucede en uno solo, eso mismo con cortas diferencias acontece en los veinte mil y más que forman la nación

El ensayo "Del progreso" se publicó justo un año antes de que imprimiera sus ya conocidas Consideraciones sobre el estado económico moral de la provincia de Ciudad-Real, redactadas para su Sociedad Económica antes del 16 de junio de 1841 (institución que imprimió algo más de que no hay constancia salvo la que doy, pues recuerdo haber visto hojas de otro folleto desconocido que publicó, en algún archivo que ya soy incapaz de recordar).

El segundo, Observaciones sobre la verdadera inteligencia del art. 37 de la Constitución, se publicó en 1844, tras la caída de Espartero, acaso para polemizar con su coterráneo, compatricio o paisano, como quieran ustedes llamarlo, Félix Mejía, quien había descargado en el Suplemento a El Eco del Comercio toda su inteligencia y pasión en diversos artículos contra la entonces en escritura Constitución de 1845, auspiciada por el Espadón de Loja, el general Narváez, sobre todo contra el concepto de soberanía compartida (algo que, pese a quien pese, sigue existiendo soterrado en la Constitución actual, que no permite sino muy difícilmente cambiar la forma del estado). Se discute en el artículo cuál cámara, el Congreso o el Senado, debe prevalecer en caso de conflicto (en nuestro caso, tres cámaras, si se incluye al Tribunal Constitucional, del que tanto se abusa). Y por cierto que lo que dice en cuanto a la tramitación de los presupuestos generales del Estado tenía mucha aplicación al follón que se ha montado al respecto desde hace años y hasta hace bien poco:

Como nuestra administración pública no está organizada, ni probablemente lo estará en mucho tiempo, y, por otra parte, el examen de los presupuestos proporciona a los partidos un campo vasto de discusión en el cual pueden desplegar sus fuerzas y tocar todas las cuestiones de gobierno, es claro que los debates han de ser lentos; de lo que se sigue que aun cuando no está fijada la duración de las legislaturas, estas no pueden menos de tener un término racional y conforme a la misma naturaleza de los cuerpos colegisladores; y presentándose primero al Congreso de los diputados la ley de presupuestos, absorbe él mismo todo el tiempo en su examen y aprobación, de lo que resulta que el Senado se ve en la necesidad de pasar por ellos a ciegas y como por mera fórmula, exponiéndose a incurrir en la irregularidad de aprobar de este modo incidental y ligero cosas que anteriormente haya desaprobado con plena deliberación según que ya ha sucedido una vez y puede repetirse varias.

¡Cuánto hubieran podido haber aprendido nuestros políticos si hubieran leído los pensamientos, errores y desengaños de sus antepasados...! ¡Si hubieran leído...! Pero no se preocupen: esto se remediará con otra reforma educativa.

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